En estos últimos días trascendió un fallo judicial en Argentina que ordenó a Binance la restitución de criptoactivos robados de dicho exchange, en un caso donde quien sustrajo dichos criptoactivos de su dueño, se los envío a su propia cuenta dentro del mismo exchange. Y esto último es más que relevante para entender el porqué de la decisión de la Justicia y para tomar nota de cara al futuro: las criptomonedas en cuestión nunca salieron de la custodia centralizada de Binance, y por ende Binance mantenía el control sobre las mismos
Esto nos lleva a dos conceptos fundamentales: la descentralización de un activo y la descentralización de la custodia sobre el mismo. Parecieran dos maneras de decir lo mismo, pero no es así.
Todos estamos acostumbrados a escuchar que bitcoin y otros criptoactivos son descentralizados y que nadie tiene poder sobre los mismos. Si siguen el tema cripto, seguramente muchas veces habrán oído la famosa frase “not your keys, not your coins”, que quiere decir que si no tienes tú solo las claves para acceder a un criptoactivo, en realidad no es tuyo. Y esto es 100% así en la custodia descentralizada, es decir la que uno realiza de sus propios fondos mediante una wallet o directamente offline (“cold storage”). Pero cuando los activos son custodiados por un tercero, como es el caso de los famosos “exchanges centralizados”, la tenencia de estos activos es a muchos fines exactamente igual que tener dinero o activos financieros en una cuenta bancaria.
¿Por qué decimos esto?
Porque los exchanges son entes que están sometidos a regímenes de información en favor de los gobiernos de los países en los cuales están regulados y obviamente deben acatar los fallos de la Justicia. A modo de ejemplo, mientras en el caso que nos ocupa Binance no podría oponerse a una decisión final de la Justicia, el final de la historia habría sido muy distinta si las criptomonedas hubieran sido transferidas a una wallet o directamente custodiadas bajo la modalidad cold storage.
Y volviendo al tema de la información que los exchanges deben compartir con los gobiernos, hace un tiempo escribimos una columna en este mismo medio en al cual dábamos cuenta del proyecto de reforma o ampliación del Common Reporting Standard (“CRS”), que es el régimen de intercambio de información automática promovido por la OCDE y del cual participan más de 100 países, de modo de incluir las cuentas en exchanges como parte de las “cuentas reportables”. De aprobarse esta modificación a CRS, lo cual seguramente sucederá en los próximos años, los exchanges ubicados en todos los países, salvo en Estados Unidos, deberán reportar tal como lo hacen actualmente las entidades financieras tradicionales.